Reglamento y Estatuto
Marco normativo que rige la vida institucional del Colegio
Ley Provincial Nº 3736
El 17 de noviembre de 1981 se promulgó la Ley Nº 3736, que rige la vida del Colegio Bioquímico de Catamarca como institución: fue, en palabras de sus fundadores, nuestro “documento de identidad como Colegio”.
Entre otras disposiciones, la ley contempla la posibilidad de derivación de prácticas cuando el laboratorio no posee la aparatología necesaria para un método determinado.
Estatuto
El Colegio se organiza a través de la Asamblea de colegiados, la Comisión Directiva, la Comisión Fiscalizadora y la Comisión de Ética.
Art. 71 — De las elecciones
Todas las autoridades del Colegio se elegirán simultáneamente y conforme a las siguientes disposiciones:
A Voto
Por votos directos, secretos y obligatorios.
B Derecho a voto
Sólo tendrán derecho a voto los colegiados activos, con una antigüedad mayor a 6 meses en el ejercicio de la profesión y con cuota al día.
C Sistema de elección
La elección se realizará por el sistema de lista completa.
D Convocatoria y listas
La convocatoria se hará cuarenta (40) días antes. Durante los veinticinco (25) primeros días se podrán presentar listas de candidatos propuestos, los que deberán ser patrocinados por quince firmas de colegiados que no estén en las listas. La Comisión Directiva designará los fiscales del acto electoral.
E Oficialización
El Consejo Directivo se expedirá dentro de cuarenta y ocho horas sobre las listas que se presenten.
F Padrón
El padrón será actualizado el día de la elección.
Arancel Mínimo y Ético
El Colegio establece el Arancel Mínimo y Ético, expresado en Unidades Colegio. Consultá el valor vigente en la sede o por correo electrónico.
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