Reglamento y Estatuto

Marco normativo que rige la vida institucional del Colegio

Ley Provincial Nº 3736

El 17 de noviembre de 1981 se promulgó la Ley Nº 3736, que rige la vida del Colegio Bioquímico de Catamarca como institución: fue, en palabras de sus fundadores, nuestro “documento de identidad como Colegio”.

Entre otras disposiciones, la ley contempla la posibilidad de derivación de prácticas cuando el laboratorio no posee la aparatología necesaria para un método determinado.

Estatuto

El Colegio se organiza a través de la Asamblea de colegiados, la Comisión Directiva, la Comisión Fiscalizadora y la Comisión de Ética.

Art. 71 — De las elecciones

Todas las autoridades del Colegio se elegirán simultáneamente y conforme a las siguientes disposiciones:

A Voto

Por votos directos, secretos y obligatorios.

B Derecho a voto

Sólo tendrán derecho a voto los colegiados activos, con una antigüedad mayor a 6 meses en el ejercicio de la profesión y con cuota al día.

C Sistema de elección

La elección se realizará por el sistema de lista completa.

D Convocatoria y listas

La convocatoria se hará cuarenta (40) días antes. Durante los veinticinco (25) primeros días se podrán presentar listas de candidatos propuestos, los que deberán ser patrocinados por quince firmas de colegiados que no estén en las listas. La Comisión Directiva designará los fiscales del acto electoral.

E Oficialización

El Consejo Directivo se expedirá dentro de cuarenta y ocho horas sobre las listas que se presenten.

F Padrón

El padrón será actualizado el día de la elección.

Arancel Mínimo y Ético

El Colegio establece el Arancel Mínimo y Ético, expresado en Unidades Colegio. Consultá el valor vigente en la sede o por correo electrónico.

Solicitar información